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Envíos recientes

Implicaciones del testamento digital en la protección de la identidad y el patrimonio en la República Dominicana
(2024) Mariangel Calderón Martínez. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
En la actualidad la República Dominicana se encuentra inmersa en la era de la transformación digital, donde la presencia en entornos digitales se ha vuelto cada vez más marcada en la vida de las personas. Esta digitalización ha llevado a que las personas compartan y generen una gran cantidad de datos personales y los denominados “activos digitales”, los cuales quedan bajo los términos y condiciones de diversas plataformas, siendo utilizados para propósitos que van desde publicidad dirigida hasta análisis de mercado. En este contexto, y partiendo de que en el mundo digital los activos digitales mantienen su existencia surge una pregunta crucial: ¿qué sucede con estos datos y activos digitales una vez que la persona fallece? De una revisión del ordenamiento jurídico podemos identificar que actualmente, en la República Dominicana el concepto de testamento, según el Código Civil dominicano en su artículo 895, se refiere al “acto por el cual dispone el testador, para el tiempo en que ya no exista, del todo o parte de sus bienes”. Sin embargo, la creciente relevancia de los activos digitales ha dado lugar al concepto de "testamento digital". El testamento digital va más allá de ser simplemente un documento en formato digital; abarca disposiciones específicas sobre la herencia digital y los activos digitales. Incluye la voluntad del testador sobre su identidad digital, bienes digitales y contenidos digitales como perfiles en redes sociales, criptomonedas y archivos multimedia; y se incorpora como parte de los derechos que deben ser reconocidos y protegidos al cibernauta en el mundo digital. Que el ordenamiento jurídico dominicano cuente con una regulación específica para el testamento digital se vuelve esencial en un entorno tecnológico en constante evolución, donde la identidad y el patrimonio trascienden del mundo analógico al ámbito digital. Esta ausencia normativa no sólo evidencia un vacío legal, sino que también podría implicar la exposición de la población dominicana a posibles vulneraciones en la protección de sus derechos más básicos cuando estos se extrapolan a un plano digital. La conveniencia de abordar el tema del testamento digital reside en la imperiosa necesidad de analizar desde una perspectiva jurídica la pertinencia de adecuar la legislación tradicional a la realidad digital, ampliando su alcance con el objetivo de brindar certeza jurídica a los cibernautas y a sus herederos respecto de la propiedad y libre disposición de los bienes digitales del de cujus, los cuales al igual que en el mundo análogo mantienen su existencia en el ciberespacio. Su trascendencia social se manifiesta al resguardar la protección respecto de la identidad y el patrimonio digital de la población dominicana, ofreciendo beneficios directos en un entorno cada vez más digitalizado. Desde un enfoque analítico, el testamento digital plantea interrogantes sobre la preservación de la identidad digital, la protección de datos personales, la gestión de activos digitales y el manejo de contenidos digitales tras el fallecimiento de un individuo que tiene presencia en el mundo digital. La urgencia de abordar esta temática radica en comprender y abordar las nuevas dinámicas que la transformación digital introduce en la esfera jurídica, reconociendo entre otros aspectos a identificar, que la falta de regulación puede representar una vulnerabilidad significativa para la protección integral de la identidad y el patrimonio de los usuarios del entorno digital.
Tesis
La regulación de cajeros automáticos independientes en la República Dominicana : impacto en la inclusión financiera y la seguridad del consumidor
(2024) María Eugenia Atiles Delmonte. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
En el año 2019 se comenzaron a ver a lo largo del país varios cajeros automáticos sin afiliación a ningún banco en la República Dominicana, algo nunca antes visto. Estos cajeros automáticos son conocidos, por el Banco Central, como cajeros automáticos independientes, es decir, cajeros que no provienen de ningún banco. Al ser esto algo revolucionario y nuevo en la República Dominicana, se han planteado importantes interrogantes sobre la efectividad de la regulación existente en términos de garantizar tanto la inclusión financiera como la seguridad del consumidor. Este fenómeno, que ha sido testigo de un crecimiento significativo en los últimos años, ha despertado la necesidad de una investigación exhaustiva para entender mejor su impacto en aspectos críticos en el marco legal dominicano. La inclusión financiera, es fundamental para el desarrollo económico y social del país. Los cajeros automáticos independientes, al proporcionar puntos de acceso a servicios financieros en áreas donde los bancos tradicionales no tienen presencia, tienen el potencial de desempeñar un papel crucial en la expansión de la inclusión financiera en la República Dominicana. Sin embargo, este crecimiento también ha traído consigo preocupaciones sobre la seguridad y protección del consumidor, presentando la interrogante del usuario sobre riesgos potenciales, incluyendo la clonación de tarjetas, el skimming y otros tipos de fraude. En este sentido, es esencial evaluar cómo la regulación actual aborda estos riesgos para proteger a los consumidores de manera efectiva. Al igual que las leyes que avalan los cajeros automáticos independientes.
Tesis
Aplicación de los derechos de propiedad intelectual en las creaciones culinarias en la República Dominicana
(2024) Miranda María Cabral Rodríguez. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
En el corazón de la cultura dominicana, la gastronomía emerge como una manifestación de arte incomparable. Sin embargo, esta se encuentra en una encrucijada jurídica: aunque el arte, por su naturaleza, halla protección y refugio en el amplio manto de la propiedad intelectual, la aplicabilidad de estos derechos sobre las creaciones culinarias ha sido insuficientemente explorada por la doctrina legal. La ausencia de un debate jurídico robusto y de una doctrina consolidada respecto del amparo de las creaciones culinarias genera una situación preocupante en detrimento de (i) los creadores, quienes, en su búsqueda por diferenciarse y enriquecer el patrimonio gastronómico, enfrentan un panorama incierto; y (ii) la innovación en la industria gastronómica, cual figura como uno de los pilares de la economía dominicana. Frente a este escenario, el análisis de cómo la legislación dominicana respalda el talento culinario se vuelve una urgencia, cual no solo se hace eco en la academia, sino también entre los profesionales y creativos de la industria gastronómica, quienes buscan claridad y protección dentro de un marco legal que respalde la innovación culinaria sin coartar el intercambio cultural y el desarrollo colectivo del arte culinario. En ese tenor, este estudio propone una exploración metódica y reflexiva de la legislación vigente, para discernir si las creaciones culinarias se encuentran, o podrían encontrarse, protegidas bajo el paraguas de la propiedad intelectual en el contexto dominicano. Este trabajo no solo pretende ser una contribución original y significativa al conocimiento jurídico, llenando un vacío en la laguna literaria legal dominicana respecto de la propiedad intelectual aplicada a la gastronomía, sino que también aspira a ser un catalizador para un diálogo más amplio y profundo sobre el tema, sirviendo, así como un faro guía para legisladores, juristas y profesionales.
Tesis
Prisión preventiva y límite razonable : análisis de los criterios de aplicación en los casos de crimen organizado en la República Dominicana
(2024) Marcel Victoria de la Cruz Quezada. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La creciente presencia del crimen organizado en América Latina y el Caribe representa un desafío esencial para el desarrollo y la estabilidad democrática en la región. Este flagelo, caracterizado por su extensión generalizada y formas operativas cada vez más violentas, impone serias barreras a la aplicación efectiva del estado de paz social que es fundamental para el bienestar de la sociedad. Por lo que podemos concluir que, la influencia del crimen organizado no solo afecta los bienes jurídicos de aquellos que conviven directamente con este, sino que también permea las estructuras estatales, perjudicando la economía y amenazando la seguridad de las empresas privadas, y socavando los sistemas políticos e instituciones democráticas en todos los países de la zona. La República Dominicana sin ser inmune a esta problemática, se enfrenta a diversas manifestaciones del crimen organizado, que abarcan desde la trata de personas hasta el tráfico de sustancias controladas y actos de corrupción, por lo que, para hacerle frente, el Estado dominicano se sume en una lucha constante contra los problemas sistémicos derivados de la criminalidad organizada, buscando salvaguardar la paz social y el bienestar de sus ciudadanos, a través de los organismos castrense. Estos organismos, encargados de la persecución de la criminalidad, se ven obligados a regirse por las reglas establecidas en el Código Procesal Penal Dominicano, el cual regula todo el proceso desde la investigación hasta la sentencia definitiva, constituye un punto neurálgico, especialmente en la etapa de investigación e instrucción. En este contexto, la imposición de medidas de coerción, y en particular la prisión preventiva, se erige como una herramienta crucial en la confrontación contra el crimen organizado. Observamos cómo el legislador, al abordar la necesidad de enfrentar la gravedad de estos casos, ha establecido aumentos en el plazo máximo de duración de la prisión preventiva, considerada como la medida más gravosa. Sin embargo, esta acción no está exenta de interrogantes y desafíos. La aplicación extensiva de la prisión preventiva en casos de crimen organizado plantea cuestionamientos sobre la proporcionalidad, la efectividad y, fundamentalmente, la salvaguarda de los derechos constitucionales de los individuos sometidos a esta medida. Por tanto, la presente tesis tiene como propósito central analizar críticamente los criterios de aplicación de la prisión preventiva en casos de crimen organizado en la República Dominicana. A través de esta investigación, se buscará comprender la efectividad y necesidad de dicha medida, considerando la correlación entre la duración de la prisión preventiva y la naturaleza de la imputación, así como su impacto en la presunción de inocencia y otros derechos fundamentales. En última instancia, esta tesis aspira a contribuir a la reflexión sobre la aplicación de medidas coercitivas en la lucha contra el crimen organizado, proponiendo perspectivas y recomendaciones que puedan mejorar la efectividad del sistema judicial dominicano, buscando reducir la población carcelaria, restaurando la confianza pública en el sistema judicial, pero, al mismo tiempo, garantizando al mismo tiempo el respeto incondicional de los derechos individuales y la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
Tesis
La cuantificación del daño moral para una correcta indemnización en la República Dominicana
(2024) Luis Felipe Cartagena Montero. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
En el caso de la República Dominicana, quienes pertenecen al sistema jurídico romano-germánico derivado de los sistemas jurídicos utilizados en Europa Occidental cual se basa en la ley escrita, la doctrina y la jurisprudencia como fuentes del derecho. Al momento de cuantificar el daño moral o daño extrapatrimonial presenta numerosos inconvenientes. El artículo 1382 del Código Napoleónico, adoptado por la República Dominicana establece “Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió a repararlo.” El daño se puede definir como un perjuicio, detrimento o un deterioro, mientras la moral es la doctrina que busca regular la conducta humana de acuerdo a una valoración de actos dividiendo el bien y el mal, estas actuaciones son esperadas de ser aplicadas de manera individual para lograr el bien social y colectivo. En principio puede resultar “sencillo” compensar el daño emergente ocasionado a una lesión material causada por un hombre a otro. Por ejemplo, en materia de accidente de tránsito donde una persona le causa un daño a otra después de accidentarse debido a una negligencia de un conductor que no maneja su vehículo de manera razonable, quien provoca la pérdida total del vehículo contrario y una lesión grave en la pierna de su conductor. El daño material después de una simple tasación podemos llegar al monto de la remuneración que debe ser abonada para reponer la pérdida del vehículo, a diferencia del daño extrapatrimonial que en nuestro ordenamiento jurídico carece de subjetividad, donde nos encontramos ante una falta de regulación genérica de la materia al momento de probar el daño y lograr su correcta cuantificación. Estos daños no se limitan en una lesión o agravio por incumplimiento que puede ser tanto contractual como no contractual, sino también por la falta de reparación, los perjuicios generados y la continuidad del daño cuales pueden seguir afectando la moral de la persona. Debido a la insuficiencia de legislación en torno al daño moral y su reparación ha obligado a los ordenamientos jurídicos mediante jurisprudencia definir el daño moral y cómo debe repararse. Las jurisprudencias a nivel nacional aceptan el perjuicio moral en casos de lesión a la integridad física, la reputación, pérdida de un ser querido, entre otros, sin embargo, al momento de probar la existencia, cuantificar e indemnizar el daño por lo usual es una tarea compleja e irregular. De la misma manera cuantificar el daño moral producido por causas como la pérdida o destrucción de una cosa animada o inanimada sigue siendo motivo de controversia. Países de Europa como Francia y España igual que países Latinoamericanos como México y Argentina poseen jurisprudencia más desarrollada en comparación con nosotros. Estas jurisprudencias además de puntualizar la existencia del daño moral y establecer pautas para la aceptación de la prueba, de igual manera de forma motivada y fundamentada expresan la cuantificación del daño moral y el monto indemnizatorio de la misma.
Tesis
Régimen de responsabilidad civil de los influyentes/influencers a la luz del derecho del consumidor en República Dominicana
(2024) Lucia Adelaida Álvarez Miniño. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La influencia que han tenido los creadores de contenido en las redes sociales hacia los consumidores ha contado con una gran manifestación de grandes impactos sociales. Estos creadores tienen la capacidad no solo de moldear las opiniones de los demás, sino también de crear tendencias y de influenciar en los comportamientos relacionados al consumo, mereciendo así una investigación profunda para garantizar que estas influencias se ejerzan de manera responsable y sobre todo con ética. Esta situación genera interrogantes esenciales sobre la responsabilidad y la ética en la elaboración de contenidos, particularmente cuando la línea entre el contenido genuino y el patrocinado se vuelve difusa. A medida que la tecnología y las redes sociales van creciendo, también la creación de contenido digital. La creación de contenido se ha vuelto un trabajo a tiempo completo para muchas personas, y a medida de este crecimiento, la línea entre el contenido genuino y el patrocinado se vuelve cada vez más difusa, surgiendo una necesidad urgente de proteger a los consumidores de prácticas publicitarias engañosas. La investigación sobre los influyentes/influencers a la luz del derecho del consumidor tiene como propósito buscar llenar ese vacío, proponiendo marcos legales y regulatorios que aseguren la transparencia y honestidad en el marketing digital. El mercado digital y la dinámica que este aplica a través de los tiempos necesita de revisión y una constante adaptación de la legislación para mantenerse al día con los avances tecnológicos y también con los nuevos desafíos que surgen y se presentan en el marketing digital. Es por esto que para poder garantizar que la influencia que tienen los creadores de contenido se haga de manera responsable y correcta, hay que proteger los intereses de los consumidores y mantener la integridad de las redes sociales o el espacio digital. Las redes sociales se han vuelto herramientas poderosas en ámbitos positivos y negativos, es por esto que es fundamental que se promueva un entorno digital donde se fomente la honestidad, transparencia y sobre todo la responsabilidad para que así se asegure que los creadores de contenido y esas plataformas tengan un funcionamiento que sea beneficiosa para los consumidores.
Tesis
Pia-tentes : tendencias regulatorias de la inteligencia artificial en torno a las patentes en el derecho comparado
(2024) Leticia Calcaño Báez. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
En 1956, durante la Conferencia de Dartmouth fue acuñado por primera vez el término “Inteligencia Artificial”.1 Desde ese momento las comunidades científicas, jurídicas, de desarrollo tecnológico, salud y seguridad nacional han enfocado una especial atención a lo que hoy día La Comisión Europea identifica como un “sistema de software, diseñado por humanos, para llevar a cabo el desarrollo de tareas complejas que normalmente requerirían la intervención humana para actuar en base al razonamiento, el aprendizaje y la percepción”.2 El análisis de este nuevo sistema de software ha sido tan relevante que profesionales de todo el mundo se han enfocado en estudiar esta área. Como resultado, universidades e instituciones, incluyendo las rankeadas en la Ivy League han desarrollado programas de posgrado en referencia a este acontecimiento. Sin embargo, el interés de la población no solo se ha centrado en el estudio de la inteligencia artificial, sino también en la relación de ésta con la PI, abarcando tanto el Derecho de Autor como la Propiedad Industrial. Por su parte, la PI es identificada como el área del derecho que protege el producto creado por el intelecto humano, ya sea en campos científicos literarios, industriales o artísticos. Dicha protección es concedida a los creadores, inventores y autores para excluir a los terceros de la apropiación de conocimiento por ellos generados durante un lapso de tiempo3. En el ámbito de la propiedad intelectual (en adelante “PI”), se puede afirmar que la legislación en Norteamérica, Europa, Asia, América Latina y el Caribe ha experimentado un desarrollo relativamente uniforme en sus disposiciones legales. Sin embargo, el éxito de esta área se ha identificado históricamente en función del grado de importancia que los gobiernos asignan a la innovación, lo cual se refleja en el número de publicaciones realizadas, así como en el volumen de patentes y registros obtenidos. América Latina y el Caribe, en particular, no han alcanzado el mismo nivel en concepción de patentes, marcas y obras de derecho de autor que Estados Unidos, Europa o Asia. No obstante, en los últimos años, los gobiernos de la región han comenzado a reconocer la importancia de la investigación científica, los derechos de PI, la cultura y el desarrollo industrial como impulsores clave de inversión. En respuesta a esto, La Oficina de Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) eliminó a la República Dominicana de la Lista de Vigilancia del Informe Especial 301 por sus importantes avances en la solución de las preocupaciones relativas a la observancia de la propiedad intelectual (PI) y la transparencia, lo que mejora positivamente el clima de negocios en el país. En el caso de las patentes, es fundamental su legislación porque a través de ellas se otorga al titular/creador de una invención los derechos exclusivos sobre la misma, es decir, una protección que les permita accionar legalmente cuando un tercero sin su consentimiento comercialice, fabrique o distribuya su obra o invención. Sin embargo, surge la necesidad de estudiar a “quién” o “qué” se debe otorgar este derecho cuando una “creación” es desarrollada en gran medida por un software al que identificamos como una inteligencia artificial y que al menos en nuestra legislación, no es reconocida con personalidad jurídica para ser un inventor. Existen casos, como el de la inteligencia artificial DABUS (Device for the Autonomous Bootstrapping of Unified Sentience), que han escalado a procesos litigiosos para su reconocimiento como inventor. Específicamente, este caso ha sido evaluado en Estados Unidos, Reino Unido, China, Australia y Sudáfrica, destacando entre ellos el dictamen acogido en Sudáfrica que reconoce a DABUS como inventor y Australia, que en principio lo reconoció como inventor, pero posteriormente se acogió al criterio dictado por Estados Unidos, Reino Unido y Nueva Zelanda, Alemania, china, entre otros, en el que se indica que la legislación actual se limita a facultar con calidad de inventor a los seres humanos4. DABUS representa un avance significativo en el ámbito tecnológico y plantea cuestiones cruciales sobre los derechos de propiedad intelectual. Este desarrollo subraya la necesidad de que nuestra comunidad jurídica defina su postura ante este nuevo paradigma, una postura que va enfocada a si realmente debemos modificar o no nuestras legislaciones para dar calidad a un sistema informático. Una inteligencia artificial, como DABUS, no tiene interés en el reconocimiento de derechos por sus invenciones; sin embargo, 5atribuir el crédito a un ser humano que no tuvo dominio sobre la invención podría devaluar la creatividad humana. Tomando en cuenta lo anteriormente expuesto, este estudio pretende analizar la evolución de la inteligencia artificial y la propiedad intelectual con un enfoque en las patentes. Se busca identificar si los requisitos y la intención del legislador al conceder derechos sobre una invención se están cumpliendo adecuadamente en este nuevo escenario. Además, se analizarán los aspectos éticos, y el impacto económico y social implicados. También se analizarán casos internacionales, se examinará la interacción humano-IA en procesos de invención y se evaluará el principio de territorialidad y su efecto en el reconocimiento de invenciones realizadas por inteligencia artificial en distintas jurisdicciones, identificando barreras y oportunidades en el sistema de patentes y derechos de propiedad intelectual.
Tesis
Regulación jurídica de Airbnb en República Dominicana : un enfoque sobre libertad de competencia y consideraciones tributarias
(2024) Leny Franchesca Gómez Rivas. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
Airbed & Breakfast (cama de aire y desayuno), mejor conocido como Airbnb es un proyecto que nace en el año 2007, en virtud de que los fundadores Joe Gebbia y Brian Chesky tenían problemas financieros y el dinero que tenían no alcanzaba para pagar la renta, buscando una alternativa para generar dinero y poder cubrir los gastos de renta transformaron la sala de estar y la convirtieron en una habitación con colchones inflables, aprovechando que se encontraban en la ciudad de San Francisco y que los apartamentos para rentar eran escasos decidieron publicar por la web la renta de este espacio a un bajo costo. Luego del auge que tuvieron en estas actividades de transformar la sala de estar por habitaciones para que pudiera ser rentado a bajo costo de manera temporal por cualquier persona en San Francisco, los mismos se fueron expandiendo y ya para el 2009 lo que se denominaba “Airbed and breakfast” pasó a llamarse Airbnb de manera resumida y haciendo un nombre más comercial. Lo cierto que, en el 2019, Forbes reconoció que Airbnb contaba con más de seis millones de anuncios de alojamientos con presencia en 191 países, mediante la modalidad que es conocida hoy en día de que los usuarios suministren un alojamiento acogedor, a buen precio a través de la plataforma que se encargaría de dar seguridad tanto al propietario como al arrendatario de una estadía segura. Estás actividades de amueblar y condicionar espacios a los fines de ser rentados ha sido una alternativa para millones de usuarios a nivel mundial, siendo esto una actividad fija a la que usuarios han optado por dedicarse a tiempo completo, en virtud de los beneficios económicos -y en principio libres de gravámenes de impuestos-. Empero, estas actividades comerciales deben ser vistas desde la óptica del estado, en beneficio de este, de la sociedad, y del usuario, y su alcance debe estar más allá que los lineamientos propios que contiene la plataforma deben estar conforme a la Ley de los estados en los que se encuentran situados, -y solo de esta manera el Estado pudiera ser un ente capaz y con aptitud de definir, dirimir, y solucionar los conflictos derivados de esta actividad comercial. Desde un enfoque más particular, en la República Dominicana existe una institución denominada Procompetencia, que dentro de sus funciones tiene la defensa de la competencia, siendo este ente el organismo responsable de una competencia efectiva de todos los bienes y servicios suministrados en el territorio Nacional, pero … ¿Como pudiera esta institución velar por una competencia sana y efectiva de los servicios brindados a través de la plataforma virtual de Airbnb, si l estos servicios se encuentran únicamente regularizados por los términos y condiciones que se encuentran previstos en la plataforma?, ¿serían los términos y condiciones de la plataforma suficientes para dirimir los conflictos de competencia derivados de la referida actividad?, ¿Como pudiera intervenir Procompentencia en virtud de un conflicto o a favor de un usuario si esta plataforma no se encuentra regularizada con las disposiciones legales actuales de la República Dominicana?. También es importante establecer que el deber tributario corresponde a todos de conformidad con el Código Tributario dominicano y debe realizarse en proporción a los ingresos y bienes de cada ciudadano, y esta actividad comercial, así como las demás no debería estar exenta de esta carga, sobre todo porque se trata de una alternativa al alojamiento tradicional que tributa debidamente y por tanto, el comerciante que alternativamente se lucra de estas actividades debe tributar de la manera correcta y en proporción a lo obtenido. En estos aspectos de competencia y carga tributaria resulta indispensable un análisis a la aplicación de Airbnb en la República Dominicana, a favor del Estado principalmente y en beneficio de la sociedad, y sobre todo siendo este análisis un documento jurídico que estaría disponible al escrutinio público de la clase jurídica para conocer sobre los derechos, y deberes de todos los usuarios que rentan y arrendan a través de la referida aplicación.
Tesis
La efectividad del sistema carcelario en la prisión preventiva frente a los derechos humanos
(2024) Laura A. de Herrera Goico. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
Esta investigación demuestra una importancia crucial dado el creciente número de infracciones observadas en este ámbito día a día. Además, busca generar conciencia sobre la vulneración de los derechos humanos en relación con las decisiones de prisión preventiva. Es ampliamente conocido que, aunque la duración típica de la prisión preventiva sea de tres meses, es común que los imputados esperen hasta un año para acceder a una audiencia que determine su destino, sin haber demostrado aún su culpabilidad. Su relevancia para la sociedad podría traducirse en una mayor seguridad para los imputados que se enfrentan a acusaciones infundadas. La divulgación de los resultados de la investigación podría también beneficiar a los presuntos infractores, promoviendo así una mayor equidad en sus juicios. Aunque este estudio se centre en una única institución carcelaria del país, podría servir como modelo a seguir para otras. Esta investigación contribuye a abordar un problema real que se refleja diariamente en las noticias y en las preocupaciones de los familiares, así como en diversas fuentes que evidencian la gravedad del sistema penitenciario nacional. Por tanto, su éxito podría tener implicaciones significativas en una amplia variedad de problemas prácticos. Una vez concluida la investigación, será crucial considerar la implementación de medidas correctivas que garanticen un uso justo del sistema penitenciario, respetando en todo momento los derechos humanos en los procesos judiciales y en los diferentes modelos de reclusión.
Tesis
Impacto de la legislación comercial dominicana en el desarrollo de la industria avícola, período 2022-2023
(2024) Kevin Kurt Muller Moreno. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
El tema sobre el "Impacto de la Legislación Comercial Dominicana en el Desarrollo de la Industria Avícola" es de mucha importancia por su capacidad para descubrir la interacción entre el marco normativo y un sector tan imprescindible para la economía y la seguridad alimentaria de la República Dominicana, como lo es la industria avícola. Al examinar cómo las leyes y regulaciones comerciales afectan a la producción, comercialización y competitividad de este sector, este análisis ofrece una perspectiva esencial para comprender los retos y oportunidades que enfrenta el sector bajo el actual entorno legislativo. Este estudio es relevante no solo por su capacidad para identificar y evaluar los efectos económicos, operativos y estratégicos de la legislación comercial en la industria avícola, sino también por su potencial para destacar áreas de oportunidad, retos regulatorios y prácticas óptimas que podrían guiar tanto a los formuladores de políticas como a los participantes de la industria hacia un desarrollo más sostenible y competitivo a nivel internacional. A través del estudio se pretende llevar a cabo novedades significativas al analizar las dinámicas recientes y las tendencias emergentes en el marco legal y comercial que afectan al sector avícola dominicano. Se destaca por su enfoque actualizado en el contexto de un mundo globalizado, donde las regulaciones comerciales no solo dictan el flujo de comercio internacional sino también influyen en las prácticas internas de producción, sanidad y sostenibilidad. Este análisis profundiza en cómo las modificaciones legislativas recientes y los acuerdos comerciales han reconfigurado el panorama competitivo para los productores avícolas dominicanos, identificando tanto las problemáticas como las oportunidades para el crecimiento y la innovación en el sector. El estudio aportará nuevos elementos para una comprensión profunda de cómo las políticas y regulaciones comerciales afectan a este sector clave, proporcionando un análisis actualizado de los retos y oportunidades que enfrenta bajo el prisma de la legislación vigente. Contribuye significativamente al debate sobre políticas públicas, sugiriendo caminos para una regulación que fomente la competitividad, la sostenibilidad y el crecimiento económico de la industria avícola dominicana. Además, ofrece una base empírica para la toma de decisiones estratégicas por parte de empresarios y formuladores de políticas, promoviendo prácticas que puedan mejorar la productividad y la eficiencia en el sector, al tiempo que asegura la conformidad con los estándares internacionales de comercio, sanidad y protección ambiental. El motivo de llevar a cabo el estudio radica en la necesidad de entender cómo las políticas y regulaciones comerciales específicas de la República Dominicana influyen en un sector importante para la economía nacional, la seguridad alimentaria y el empleo. Este análisis se vuelve esencial para identificar las barreras y facilitadores legislativos que afectan la competitividad, eficiencia y sostenibilidad de la industria avícola en el contexto de mercados globales cada vez más integrados y competitivos. Además, el estudio busca proporcionar recomendaciones basadas en evidencia que puedan orientar a los formuladores de políticas en la creación o modificación de leyes para apoyar el crecimiento saludable de la industria avícola, promoviendo prácticas que mejoren la producción, el bienestar animal y la protección ambiental, al tiempo que se fomenta la innovación y se asegura el cumplimiento de los estándares internacionales. En última instancia, el estudio aspira a contribuir al desarrollo económico sostenible de la República Dominicana, mejorando la posición de su industria avícola tanto en el mercado interno como en el internacional.
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