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Envíos recientes
El criterio "valor por dinero" en el sistema nacional de compras y contrataciones públicas de la República Dominicana
(2024) Jemim Marie Guillén Ubiera. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La Ley Núm. 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras establece que, en los contratos administrativos, la adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más idónea para la entidad contratante que responda a la satisfacción de los intereses institucionales y de la nación. En efecto, dicha legislación establece que deberá tenerse en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. No obstante, en aquellos casos en los que se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio generalizado o de uso común establece un criterio preciso para la identificación de esa conveniencia que será el menor precio. Dicho enfoque usualmente se deriva de las limitaciones presupuestarias de las instituciones públicas, las cuales deben justificar el gasto de sus recursos ante la opinión pública. En principio, este enfoque tradicional entiende que las adquisiciones al menor precio resultan ser las mejores opciones, en razón de que es la única forma de maximizar el uso de los recursos públicos; debido a que las compras de mayor calidad comprenden costos más elevados. Sin embargo, con el tiempo se ha evidenciado que este criterio no siempre genera la solución más viable en el tiempo, ya que los bienes, obras y servicios adquiridos son de menor calidad, en muchas ocasiones no funcionales o con una vida útil corta, e implican gastos adicionales de mantenimiento, reparación o sustitución que a largo plazo superan el ahorro inicial en la adquisición. Por ende, se vuelve necesaria la aplicación del criterio valor por dinero en el marco de las compras y contrataciones públicas. El criterio valor por dinero hace referencia a la obtención de la mejor relación costo-beneficio en la adquisición de bienes, servicios y obras públicas, que permite a las instituciones eficientizar el uso de los recursos públicos. Además, busca incrementar la calidad de los bienes adquiridos y que estos cumplan a cabalidad con las necesidades y requerimientos de la entidad contratante y de los consumidores finales, logrando así cumplir con los más altos estándares de eficacia en la contratación. En este contexto, es esencial considerar el principio de eficiencia que obliga a la administración pública a que todo su accionar tenga un fin de eficacia. Este principio está fundamentado en el artículo 138 de la Constitución y en la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, que establece la necesidad de maximizar los recursos y optimizar los resultados de las acciones administrativas. Como una propuesta innovadora, el criterio valor por dinero adquiere relevancia para las instituciones públicas a nivel mundial, dándole un cambio radical al enfoque tradicional de adquisición estatal basado en el menor precio posible. Esta perspectiva no solo mejora la eficiencia del gasto público, sino que también garantiza la protección de los derechos a través de las compras de triple impacto, promoviendo un desarrollo sostenible y responsable en la adquisición de bienes y servicios. La trascendencia social de este concepto se circunscribe especialmente en contextos donde los recursos son limitados y las instituciones públicas deben conseguir más y mejor, pagando lo mismo. De esta manera, se promueve la innovación y se fomenta la creación de nuevas y mejores soluciones para los problemas que afronta la sociedad, siempre con un enfoque de desarrollo sostenible y de protección de derechos. En definitiva, la aplicación del valor por dinero en las compras y contrataciones públicas resulta beneficiosa tanto para los gobiernos como para los proveedores y la sociedad en general. Este enfoque garantiza el uso efectivo y eficiente de los recursos públicos a través de criterios objetivos y claros, que buscan maximizar el beneficio recibido por el valor invertido. Asimismo, promueve la competencia entre los proveedores, fomenta la innovación en la industria y asegura la sostenibilidad medioambiental, económica y social. Además, protege los derechos de los ciudadanos al garantizar que los bienes y servicios adquiridos cumplan con altos estándares de calidad y eficacia, contribuyendo así a un desarrollo más equitativo y responsable.
Inteligencia artificial : análisis al marco normativo para la persecución del ciberdelito en la República Dominicana
(2024) Inés María Bergés Ramírez. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La Inteligencia Artificial está rápidamente modificando distintos aspectos, incluyendo la manera en que se perpetran y embisten los delitos cibernéticos. El campo de la Inteligencia Artificial y su aplicación en la persecución del ciberdelito presenta lagunas masivas en la legislación dominicana vigente. El marco normativo, promulgado en el año 2007, carece de soluciones viables y sanciones para abordar los desafíos que ha presentado el surgimiento de la Inteligencia Artificial en la lucha contra el ciberdelito. Esta situación hace imperativo proponer nuevos enfoques legislativos. La implementación de tecnologías de Inteligencia Artificial en la persecución del ciberdelito plantea cuestiones importantes sobre la privacidad, la protección de datos y otros derechos fundamentales de los ciudadanos. De manera que, es preciso analizar de forma detallada las consecuencias legales que dan lugar al auge de la Inteligencia Artificial y al mismo tiempo, no estar regulada.
Políticas de preservación a la competencia en el comercio electrónico en la República Dominicana : análisis de las plataformas digitales
(2024) Gabriela Marina Bisonó Durán. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
Nuestra legislación dominicana, a través de la Constitución de la República, garantiza los derechos económicos y sociales. El Estado debe velar por el desarrollo de la libre empresa, el comercio y la industria. Asimismo, se reconoce el derecho al consumidor a recibir bienes y servicios de calidad, con información veraz, objetiva y oportuna. Entre otras garantías, la Carta Magna consagra el derecho a la competencia, que protege la libertad de competir en el mercado de forma igualitaria y bajo los principios de la buena fe. Cabe destacar que se ha suscitado en estos últimos años una evolución digital donde se ha iniciado una era sin precedentes de avances tecnológicos, revolucionando la forma en la que se realiza el comercio. Con la aparición de tecnologías de vanguardia y la adopción generalizada del Internet, el comercio electrónico o e-commerce, se ha convertido en una fuerza transformadora que continúa redefiniendo la forma en la que los consumidores interactúan con las empresas, y las empresas ante el mercado de oferta y demanda. Por ello, son diversos los enfrentamientos comerciales, las nuevas tecnologías y la competencia geopolítica que redefinen la economía global. Con ello, el panorama de las políticas de comercio e inversión están cambiando rápidamente. Resulta la duda de si estas nuevas formas de comercio fragmentan las normas establecidas bajo dichas influencias y debilita la gobernanza comercial tanto a nivel territorial como internacional. Partiendo de esta afirmación, en la República Dominicana es parte también, durante estos tiempos, de la creciente comercialización vía electrónica, a través de distintos medios originarios de este, como las plataformas digitales. Por ello, la implementación de la tecnología en los diferentes actos comercio nos lleva a la necesidad e importancia de estudiar los mecanismos anteriormente establecidos para la eficacia sobre la detección y los regímenes sancionadores aplicados a los comportamientos de las prácticas desleales y abusos de posición dominante que surgen y pueden surgir, a causa de los diferentes cambios continuos que se producen en el mundo globalizado y tecnológicamente dinámico, que actualmente se discute si existe una falta de regulación sólida para atacar las violaciones que pudieran surgir, impactando de esta manera a los derechos de los consumidores como de la equidad competitiva.
Implementación de la mediación en la resolución de conflictos relativos a la propiedad intelectual en la República Dominicana
(2024) Fabiana María Pérez Camilo. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La República Dominicana ha experimentado un notable crecimiento en la generación de activos intangibles, aumentando la importancia de la propiedad intelectual en diversos sectores económicos, tales como la tecnología, la industria cultural y el comercio internacional. La Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, ambas promulgadas en el año 2000, representan hitos significativos en la regulación y protección de la propiedad intelectual en el país. Sin embargo, este incremento en la creación y protección de derechos de propiedad intelectual ha dado lugar a un aumento correspondiente en los conflictos y disputas legales relacionados. La resolución de estos conflictos a través del sistema judicial tradicional presenta una serie de limitaciones, entre las que se incluyen largos plazos de espera, altos costos procesales y una falta de especialización en materia de propiedad intelectual por parte de los tribunales ordinarios. Estas limitaciones no solo afectan la eficiencia del proceso judicial, sino que también pueden disuadir a las partes involucradas en la búsqueda de una resolución satisfactoria y oportuna de sus disputas. En este contexto, la mediación emerge como una alternativa prometedora para la resolución de conflictos de propiedad intelectual. La mediación ofrece un enfoque colaborativo y flexible que puede adaptarse a las necesidades y complejidades específicas de cada caso, permitiendo a las partes involucradas llegar a acuerdos mutuamente beneficiosos de manera más rápida y eficiente. La implementación de la mediación en la resolución de conflictos relativos a la propiedad intelectual en la República Dominicana responde a la necesidad de promover mecanismos alternativos de resolución de disputas que sean eficaces, accesibles y adaptados a las particularidades del entorno legal y empresarial del país. Esta investigación tiene como objetivo plantear la propuesta concreta para mejorar la eficiencia y efectividad de la resolución de conflictos relativos a la propiedad intelectual en la República Dominicana mediante la implementación de la mediación. Se explorarán en detalle los beneficios, desafíos y oportunidades que ofrece la mediación como alternativa al sistema judicial tradicional en la resolución de disputas de propiedad intelectual. Además, se pretende identificar las barreras y obstáculos que actualmente dificultan la adopción y aplicación efectiva de la mediación en este contexto, así como proponer estrategias y recomendaciones específicas para superar estas limitaciones. Se aspira a contribuir al desarrollo de un marco normativo y práctico que fomente la mediación como una herramienta efectiva y accesible para la administración de justicia en conflictos de propiedad intelectual en la República Dominicana. Con el objetivo de proporcionar recomendaciones prácticas para su aplicación y promoción efectiva en la comunidad jurídica y empresarial dominicana, la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial en conjunto con sus Reglamentos de Aplicación, proporcionan un marco legal importante que respalda la protección de los derechos de propiedad intelectual en la República Dominicana y establece las bases para la implementación efectiva de mecanismos alternativos de resolución de disputas, como la mediación.
Fideicomiso como estrategia del derecho comercial moderno dominicano
(2024) Eurison Gerónimo González. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
El fideicomiso se ha convertido rápidamente en una de las herramientas más utilizadas por los sectores comerciales de la República Dominicana, ya que se presta para la creación de vehículos jurídicos que permiten desarrollar proyectos de formas distintas a las convencionales, agregando un cierto carácter de confianza. Este carácter de confianza es agregado mediante la figura de la fiduciaria, ya que al fideicomiso ser un patrimonio autónomo administrado por un tercero, este tercero está obligado a realizar dicha administración en virtud a lo dispuesto en el acto constitutivo del propio fideicomiso, por lo que en esencia se manifiesta como un operador. La evolución de la economía global ha impuesto una serie de retos significativos en el entorno de la administración pública y privada, afectando incluso a la República Dominicana, creando en esta la necesidad de analizar sus estrategias para el manejo eficiente de los recursos a su disponibilidad y la optimización de sus estructuras empresariales. Cada año, la República Dominicana se ve más enlazada al comercio global, creando una dependencia económica con el sector externo. En este contexto, la figura del fideicomiso emerge como una necesidad, transformándose incluso en un mecanismo esencial, cuyo objetivo es revitalizar los esquemas empresariales utilizados a la fecha, para crear nuevas oportunidades que pueden ser aprovechadas. Dentro del fideicomiso, existen numerosas tipificaciones, como la de fideicomiso inmobiliario, de oferta pública de valores y el filantrópico. Dentro de su rama, existen una serie de vehículos cuya utilidad se presta a facilidad, para la elaboración de proyectos y estrategias comerciales, que permite la creación de nuevos vehículos de inversión. El fideicomiso de oferta pública de valores, por ejemplo, permite a las empresas la elaboración temprana de una política de financiamiento, al crear oportunidades de inversión a ser comercializadas en la República Dominicana, donde estos reciben el capital necesario mientras que los inversionistas obtienen beneficios conforme se va desarrollando el proyecto, la empresa Cesar Iglesias siendo un ejemplo de este. Pero el fideicomiso se presta para más que tan solo la financiación de proyectos, ya que podemos tomar Grupo Rica como ejemplo, quien en sus planes de transición fuera de ser tan sola una empresa familiar, buscó adoptar diversas posibilidades para dinamizar su funcionamiento inicial. Por su parte, el fideicomiso permite facilitar, a su vez, proyectos empresariales de alta envergadura, donde por su naturaleza requiere la unión de un grupo considerable de bienes o activos –ya sea por la vía de garantía o por su administración–, puesto a que los mismos pueden ser compuestos en un fideicomiso, que perseguirá el fin determinado en manos de la fiduciaria. Dentro de este esquema, observamos como la entidad jurídica transfiere a la fiduciaria el 40% de sus acciones, para que en lo adelante existan como un patrimonio autónomo administrado por un tercero de confianza (la fiduciaria), y que las mismas se dispongan a venta en el mercado de valores de nuestra nación, permitiendo a la empresa acceder a inyecciones de capital. Otro caso a destacar es el fideicomiso de oferta pública de valores Larimar, que corresponde a la expansión de generación eléctrica de la empresa Ege Haina, quien pactó en principio con la CDEEE, misma que posterior a su disolución, atribuciones de contrato fueron traspasadas a EDESUR, quien tiene la responsabilidad de adquirir la totalidad de la generación eléctrica de este parque eólico, permitiendo a la empresa acceder a capital mediante la capitalización por la venta de títulos de valor atados a este proyecto, cuyo atractivo inherente supone ser la certeza de compra del activo que genera plusvalía para el título de valor adquirido. Este ámbito de alta adaptabilidad supone ser el fundamento detrás de la fama de la figura en la República Dominicana, donde cada vez más se convierte en una herramienta integral del mundo empresarial contemporáneo. Por estas razones, existe una latente necesidad de analizar el impacto que ha tenido esta figura dentro del mundo corporativo, ya que cada vez son más aquellos vehículos utilizados para respaldar este sector, que cada día crece más rápido. La naturaleza de toda política empresarial, es que la misma debe tener la posibilidad de evolucionar y adaptarse a la velocidad que así lo requiere su sector. Observando estos hechos, sin embargo, la República Dominicana no cuenta con un estudio comprensivo respecto al impacto que ha tenido esta figura, lo que supone ser un paso imperativo para la eficientización y la continua propagación de esta herramienta. Por estas razones, se convierte en una necesidad brindar análisis exhaustivo al uso y aplicación de la figura, así como al impacto que ha tenido dentro del sector comercial, con fines de determinar las necesidades de la misma con el propósito de continuar su evolución, y crear una perspectiva concreta acerca del impacto que ha tenido en la República Dominicana.
Conciliación como solución de conflictos laborales en empresas de la República Dominicana
(2024) Destiny María Núñez Reynoso. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La elección del tema de investigación, "Conciliación como Solución de Conflictos Laborales en Empresas de la República Dominicana", responde a criterios fundamentales que avalan su valor y relevancia en el ámbito jurídico y social. La conciliación en el contexto de los conflictos laborales es esencial para promover la resolución pacífica de disputas en el ámbito empresarial. La conveniencia de este estudio radica en identificar cómo la conciliación puede ser una herramienta efectiva para evitar procesos judiciales prolongados, ahorrando tiempo y recursos tanto para empleadores como para empleados. La trascendencia de este tema para la sociedad dominicana se manifiesta en la posibilidad de mejorar las relaciones laborales, contribuir a un ambiente de trabajo armonioso y, en última instancia, promover la estabilidad económica y social. Los resultados de la investigación beneficiarán directamente a empleadores y empleados al ofrecerles un mecanismo alternativo para la resolución de conflictos, evitando así tensiones y mejorando la productividad laboral. La investigación busca identificar y proponer soluciones prácticas a los desafíos que enfrentan las empresas ante conflictos laborales. Al conocer las mejores prácticas de conciliación, se podrán implementar estrategias efectivas que beneficien a un amplio espectro de empresas, desde pequeñas y medianas hasta grandes corporaciones, mejorando las relaciones laborales y fortaleciendo el entorno empresarial, de igual manera abordará vacíos de conocimiento en cuanto a la aplicación específica de la conciliación en el ámbito laboral dominicano. Se buscará establecer conexiones teóricas entre los principios jurídicos existentes y la implementación práctica de la conciliación, permitiendo una comprensión más profunda de su viabilidad y eficacia. Mediante esta investigación se busca contribuir a la creación de un marco metodológico que pueda ser utilizado para analizar la efectividad de los procesos de conciliación en el ámbito laboral. Además, se espera que la identificación de factores clave en la resolución de conflictos a través de la conciliación pueda llevar al desarrollo de nuevas herramientas o enfoques metodológicos que faciliten su implementación y mejora continua.
Protección de los derechos humanos de los trabajadores en la industria turística dominicana en el contexto de la recuperación económica post Covid-19
(2024) Daniel Aníbal Mejía Estrada. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
Conveniencia: Este tema es crucial para entender cómo la industria turística, vital para la economía dominicana, puede garantizar y mejorar los derechos humanos de sus trabajadores en el contexto de la recuperación post-COVID-19. La investigación ayudará a identificar áreas clave donde se requieren mejoras y a proponer soluciones prácticas. Relevancia social: La relevancia social del tema reside en su capacidad para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores turísticos, un sector esencial en la economía dominicana. Los resultados de esta investigación beneficiarán a los trabajadores al promover mejores prácticas laborales y políticas que aseguren el respeto de sus derechos humanos. Implicaciones prácticas: La investigación puede identificar deficiencias en la protección de los derechos humanos en la industria turística y proponer soluciones para abordarlas. Las implicaciones prácticas serán evidentes en áreas como la salud y seguridad laboral, la igualdad de género, y la lucha contra la discriminación y la explotación laboral. Valor teórico: La investigación contribuirá al conocimiento existente sobre la protección de los derechos humanos en el contexto específico de la industria turística en la República Dominicana. Esto puede ayudar a llenar vacíos en la comprensión de cómo las políticas y prácticas laborales afectan a los derechos humanos de los trabajadores. Utilidad metodológica: La investigación desarrollará metodologías para evaluar la implementación de los derechos humanos en la industria turística. Esto incluirá la definición de conceptos clave y la identificación de relaciones entre variables fundamentales para entender la protección de los derechos humanos en este sector.
Titularidad de derechos ante creaciones generadas por la inteligencia artificial
(2024) Claudia Germán Mateo. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
La inteligencia artificial (IA) está revolucionando diversos aspectos de la vida humana, incluyendo la creación de obras artísticas, literarias e invenciones. Este fenómeno plantea nuevos desafíos y oportunidades en el marco jurídico de la propiedad intelectual y el derecho de autor, especialmente en lo que respecta a la titularidad de los derechos sobre las creaciones generadas por IA1. Como estudiante de derecho con un profundo interés en las nuevas tecnologías y su impacto en la sociedad, me encuentro particularmente motivada para investigar este complejo, pero interesante tema con gran relevancia para el futuro. Además, su correcto análisis puede contribuir a la construcción de un marco jurídico adecuado para esta nueva era tecnológica. Existen diversas razones por las cuales podemos considerar que este tema tiene una gran trascendencia, a saber: - Impacto social y económico: La IA tiene un impacto significativo en la economía creativa y en el mercado laboral. La definición de la titularidad de los derechos sobre las obras generadas por IA es crucial para garantizar la distribución justa de los beneficios económicos y sociales derivados de estas creaciones. - Protección de los derechos de los creadores: resulta fundamental establecer un marco jurídico que proteja adecuadamente los derechos de los creadores humanos, tanto en lo que respecta a los aspectos patrimoniales como morales de sus obras. - Armonización jurídica internacional: La República Dominicana debe estar a la vanguardia de las discusiones internacionales sobre la titularidad de derechos ante creaciones generadas por IA, a fin de garantizar que su normativa sea compatible con los estándares internacionales y proteja los intereses nacionales. El objetivo de esta investigación es realizar un análisis exhaustivo del marco jurídico vigente en la República Dominicana en relación con la propiedad intelectual y el derecho de autor, centrándonos en las creaciones generadas por inteligencia artificial (IA); vamos a identificar los vacíos legales presentes en la normativa actual, analizar la jurisprudencia y doctrina tanto a nivel nacional como internacional, y finalmente, estableceremos soluciones jurídicas concretas para abordar estos vacíos. Los resultados de esta investigación pueden beneficiar a diversos actores, incluyendo: - Creadores humanos: Los creadores humanos de obras generadas por IA se beneficiarán de un marco jurídico claro que proteja sus derechos de propiedad intelectual y les permita obtener una justa retribución por su trabajo. - Empresas y organizaciones: Las empresas y organizaciones que utilizan la IA para crear obras se beneficiarán de un marco jurídico que les permita determinar con claridad quién ostenta los derechos sobre estas obras y cómo pueden explotarlas comercialmente. - Gobierno y entidades públicas: El gobierno y las entidades públicas se beneficiarán de un marco jurídico que les permita regular la creación y uso de la IA de manera efectiva y proteger el interés público. - Sociedad en su conjunto: La sociedad en su conjunto se beneficiará de un marco jurídico que promueva la innovación responsable en el ámbito de la IA y garantice el acceso a la cultura y el conocimiento. La investigación sobre la titularidad de derechos en creaciones generadas por IA es de vital importancia por su contribución al desarrollo del derecho de propiedad intelectual en la era digital, ofreciendo análisis y soluciones jurídicas innovadoras. Además, puede impactar positivamente la economía creativa y el mercado laboral al proteger los derechos de los creadores y fomentar la innovación responsable. En adición, esto puede contribuir a la discusión internacional que hay sobre este tema.
Evolución del estándar de trato justo y equitativo : análisis comparado entre las decisiones de la Corte Internacional de Justicia y los tribunales de inversión extranjera
(2024) Carmen Ana Haché Paiewonsky. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
El estándar de trato justo y equitativo, a pesar de ser uno de los estándares principales del derecho de inversión extranjera, es también uno de los más escurridizos. A la fecha, la comunidad jurídica internacional no ha definido con precisión el alcance de este estándar y se ha desarrollado a raíz de su aplicación en casos de disputas entre inversionistas y Estados. Las disputas entre inversionistas y Estados se conocen en el marco del arbitraje de inversión. Cada disputa la conoce un tribunal de al menos tres árbitros distintos. Este método de resolución de controversias no es nuevo. Desde la década de los sesenta, se evidencia una tendencia creciente de acudir a estos tribunales dado que ofrecen, en principio, una alternativa segura y eficiente para el inversionista hacer valer sus quejas ante el trato recibido en el Estado receptor de la inversión. Particularmente, estos tribunales determinan si las actuaciones de los Estados ante los inversionistas constituyen ilícitos de derecho internacional público. No obstante, dada la naturaleza de este sistema y la variedad de tratados aplicables, ha sido imposible limitar la aplicación del estándar de trato justo y equitativo. Lo anterior es razonable al tomar en cuenta que ningún caso es idéntico en hechos ni derecho, pero es importante resaltar si a través de los años el sistema ha permitido que este estándar se desvirtúe irrazonablemente. Considerando la importancia de este estándar en el marco del derecho internacional de inversión y la trascendencia que estas disputas tienen sobre las políticas de desarrollo económico de los Estados, este trabajo evaluará la evolución del estándar de trato justo y equitativo para determinar si las tendencias actuales y futuras de las decisiones de los tribunales de inversión garantizan efectivamente el balance de derechos entre los inversionistas y los Estados. Considerando que la Corte Internacional de Justicia ha aplicado este estándar en el marco de sus competencias como máximo juzgador de derecho internacional público en disputas entre Estados, este trabajo comparará sus decisiones con las decisiones de los tribunales de inversión para determinar si es necesario que el marco jurídico aplicable sea más consistente en aras de alcanzar un estándar balanceado de seguridad jurídica.
Ejercicio del control concreto de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional dominicano
(2024) Antomyl Jesús Novo Sánchez. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
Esta investigación se desarrolla en razón del debate jurídico surgido en torno al criterio del Tribunal Constitucional dominicano (“TCRD”), previamente sosteniendo su incompetencia absoluta para ejercer el control difuso de constitucionalidad1, y más recientemente consagrando su facultad exclusivamente a modo de revisión de lo fallado por el juez a quo, salvo la revocación de la sentencia del juez de amparo ordinario, en cuyo caso conocería directamente la excepción de inconstitucionalidad2. La investigación se realiza con miras a visibilizar la solución a la que han arribado ordenamientos con sistemas de control de constitucionalidad similares, y a fin de defender ciertos criterios y motivar el cambio de otros tantos en la doctrina jurisprudencial de nuestra alta corte. Prueba innegable de la relevancia teórico-práctica del asunto es la manifestación tan recurrente de la disidencia en el Pleno del Tribunal Constitucional. Es común que, en sentencias de esta alta corte, especialmente aquellas que resuelven recursos de revisión constitucional de sentencias de amparo, surja la cuestión, resultante en acalorados debates generadores de múltiples votos salvados o disidentes, con argumentos y conclusiones disímiles entre sí3. La misma polémica se presenta en la doctrina dominicana, pues los más asiduos constitucionalistas de la nación, incluyendo a Eduardo Jorge Prats4, Cristóbal Rodríguez5 y Roberto Medina Reyes6, entre otros, han manifestado sus pareceres respecto al criterio de la TC/0177/14, y algunos aún presentan contrariedades con el asumido por la TC/0889/23. Las opiniones de los doctrinarios y de los jueces minoritarios tampoco arriban a una conclusión común. Sin dudas, se trata de una controversia multifacética, en que debe analizarse el rol de la acción directa en inconstitucionalidad (“ADI”), del control difuso, y del propio Tribunal Constitucional, teniendo invariablemente la respuesta amplias repercusiones en las garantías de derechos fundamentales (“DDFF”), pues se discute la facultad de que podría disponerse en toda litis para argumentar la inconstitucionalidad de la norma ante el órgano de cierre. Considerando por igual el reciente cambio en la composición del Tribunal Constitucional dominicano, en que se ha sustituido a cinco magistrados, de entre los cuales algunos concordaban con la incompetencia para ejercer esta facultad. El objeto del presente trabajo es analizar la postura del TCRD, exponer la evolución de su criterio a lo largo de los años, y defender su nueva postura en virtud de los principios de accesibilidad, efectividad, favorabilidad y oficiosidad de la justicia constitucional, como lo han decidido otras cortes constitucionales de la región. Asimismo, se expondrán algunas discrepancias importantes que sostenemos, en especial con relación al acceso al recurso ante el TCRD y los efectos de la sentencia que resuelve la excepción de inconstitucionalidad. Estas reflexiones son expuestas en pos de motivar un cambio de criterio o reforma legal que colaboraría con su rol de máximo intérprete de la Constitución, mediante tutela judicial efectiva y el ejercicio apropiado del control de constitucionalidad, conforme su misión esencial de “sancionar las infracciones constitucionales para garantizar la supremacía, integridad y eficacia y defensa del orden constitucional, su adecuada interpretación y la protección efectiva de los derechos fundamentales”8.