Publicación: El criterio "valor por dinero" en el sistema nacional de compras y contrataciones públicas de la República Dominicana
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Fecha
2024
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Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE)
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La Ley Núm. 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras establece que, en los contratos administrativos, la adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más idónea para la entidad contratante que responda a la satisfacción de los intereses institucionales y de la nación. En efecto, dicha legislación establece que deberá tenerse en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. No obstante, en aquellos casos en los que se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio generalizado o de uso común establece un criterio preciso para la identificación de esa conveniencia que será el menor precio. Dicho enfoque usualmente se deriva de las limitaciones presupuestarias de las instituciones públicas, las cuales deben justificar el gasto de sus recursos ante la opinión pública. En principio, este enfoque tradicional entiende que las adquisiciones al menor precio resultan ser las mejores opciones, en razón de que es la única forma de maximizar el uso de los recursos públicos; debido a que las compras de mayor calidad comprenden costos más elevados. Sin embargo, con el tiempo se ha evidenciado que este criterio no siempre genera la solución más viable en el tiempo, ya que los bienes, obras y servicios adquiridos son de menor calidad, en muchas ocasiones no funcionales o con una vida útil corta, e implican gastos adicionales de mantenimiento, reparación o sustitución que a largo plazo superan el ahorro inicial en la adquisición. Por ende, se vuelve necesaria la aplicación del criterio valor por dinero en el marco de las compras y contrataciones públicas. El criterio valor por dinero hace referencia a la obtención de la mejor relación costo-beneficio en la adquisición de bienes, servicios y obras públicas, que permite a las instituciones eficientizar el uso de los recursos públicos. Además, busca incrementar la calidad de los bienes adquiridos y que estos cumplan a cabalidad con las necesidades y requerimientos de la entidad contratante y de los consumidores finales, logrando así cumplir con los más altos estándares de eficacia en la contratación. En este contexto, es esencial considerar el principio de eficiencia que obliga a la administración pública a que todo su accionar tenga un fin de eficacia. Este principio está fundamentado en el artículo 138 de la Constitución y en la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247-12, que establece la necesidad de maximizar los recursos y optimizar los resultados de las acciones administrativas. Como una propuesta innovadora, el criterio valor por dinero adquiere relevancia para las instituciones públicas a nivel mundial, dándole un cambio radical al enfoque tradicional de adquisición estatal basado en el menor precio posible. Esta perspectiva no solo mejora la eficiencia del gasto público, sino que también garantiza la protección de los derechos a través de las compras de triple impacto, promoviendo un desarrollo sostenible y responsable en la adquisición de bienes y servicios. La trascendencia social de este concepto se circunscribe especialmente en contextos donde los recursos son limitados y las instituciones públicas deben conseguir más y mejor, pagando lo mismo. De esta manera, se promueve la innovación y se fomenta la creación de nuevas y mejores soluciones para los problemas que afronta la sociedad, siempre con un enfoque de desarrollo sostenible y de protección de derechos. En definitiva, la aplicación del valor por dinero en las compras y contrataciones públicas resulta beneficiosa tanto para los gobiernos como para los proveedores y la sociedad en general. Este enfoque garantiza el uso efectivo y eficiente de los recursos públicos a través de criterios objetivos y claros, que buscan maximizar el beneficio recibido por el valor invertido. Asimismo, promueve la competencia entre los proveedores, fomenta la innovación en la industria y asegura la sostenibilidad medioambiental, económica y social. Además, protege los derechos de los ciudadanos al garantizar que los bienes y servicios adquiridos cumplan con altos estándares de calidad y eficacia, contribuyendo así a un desarrollo más equitativo y responsable.
Citación
Apellido, Nombre del autor (año). Título del trabajo. [Trabajo de grado, Derecho]. Santo Domingo: Universidad Iberoamericana (UNIBE). Recuperado de: